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| Tablas de mortalidad | | Documento o estados en que, previo estudio y cálculo actuariales, se reflejan las posibilidades de fallecimiento de una colectividad de personas en función de los diferentes tipos de edades de éstas y del período de vida más o menos prolongada que se considere. Las tablas de mortalidad, base para la fijación de los tipos de prima aplicables a las diferentes modalidades de seguro de vida, están determinadas sobre los principios que se deducen de la ley de los grandes números y el cálculo de probabilidades. | | Tarifa de primas | | En sentido amplio, se da este nombre al baremo o catálogo en que figuran los diferentes tipos de prima aplicables a los riesgos que se encuadran en cierta modalidad o ramo de seguro. Se habla así de la tarifa de incendios, tarifa de automóviles, etc. En sentido más estricto, también se da esta denominación al tipo o tasa de prima (por ejemplo, tanto por ciento o tanto por mil) aplicable en concreto a determinado riesgo. | | Tarificación | | Actividad encaminada, previos los cálculos técnicos y estadísticos oportunos, a determinar las tasas o tipos de prima aplicables a los diferentes riesgos, cuya cobertura puede realizarse a través de una rama o modalidad de seguro. | | Tasa de prima | | Porcentaje (o tanto por mil) que se aplica sobre el capital asegurado para obtener la prima pura o de riesgo (véase prima), de acuerdo con cada tipo de riesgo. Por ejemplo, un riesgo, cuya tasa de prima sea del 5% y su valor asegurado 1.200.000 pesetas, devengará una prima de riesgo de 60.000 pesetas. | | Transformación de póliza | | En general, es el cambio que, durante la vigencia de un seguro, solicita el asegurado para modificar la modalidad contratada, sus prestaciones o su duración. Técnicamente, en el seguro de vida, consiste en aplicar la reserva matemática del contrato como prima única de la nueva modalidad que se desea. | | Transmisión del objeto asegurado | | Situación que se produce cuando el bien que se asegura es transferido por el asegurado a otra persona quien, como adquirente del mismo, queda automáticamente subrogado en los derechos y obligaciones que correspondían en el contrato de seguro al anterior titular. |
Inscrita en el Reg. Mercantil de Alicante Tomo 24, Libro 0, Folio 9, Sección 8, Hoja A-67947, Inscripción 1ª
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