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Diccionario
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ABCDEFGIMNOPRSTV
Indemnización
En general, compensación o resarcimiento económico por el menoscabo producido al perjudicado que se realiza por el causante del daño o por quien deba corresponder en su lugar.
Indemnización diaria
En un seguro de accidentes personales es el pago que ha de efectuar el asegurador al asegurado durante los días en que éste permanece de baja por incapacidad temporal, y a tenor de la suma acordada en las condiciones particulares del contrato. (Véanse baja e incapacidad.) En el seguro obligatorio de automóviles, por ejemplo, el juez competente que entienda de las diligencias incoadas con motivo de un accidente de circulación, puede acordar, como medida provisional, la concesión de una indemnización diaria a las víctimas, con cargo al asegurador. Esta indemnización se considera como anticipo a cuenta de la que finalmente se conceda y es, por tanto, deducible de esta última.
Información (deber de)
Obligación que tiene el asegurado de facilitar a su asegurador todos los datos que conozca sobre las circunstancias y consecuencias de un siniestro. El incumplimiento de este deber puede dar lugar a la pérdida del derecho a la indemnización en el supuesto de que el asegurado hubiera actuado con dolo o culpa grave. Existe también dicha obligación por parte de las entidades aseguradoras para con sus socios, respecto del funcionamiento general, económico y contable de aquéllas.
Informe pericial
Documento cumplimentado por un perito, en el que se reflejan las circunstancias concurrentes en un siniestro y el importe de los daños ocasionados a consecuencia de ello. (Véanse evaluación del daño y perito.) En el seguro agrario combinado español, es el documento expedido y suscrito, conjuntamente, por los peritos de ambas partes, en las tasaciones contradictorias, cuando no hubiera acuerdo entre los mismos. Quedarán reflejados en el documento tanto los aspectos sobre los que existe acuerdo como sobre aquellos otros en los que no se ha logrado el mismo. También se reseñarán en dicho informe los criterios utilizados o cualquier otra consideración que pueda servir de base para posteriores actuaciones. (Véase acta de tasación.)
Infraseguro
Situación que se origina cuando el valor que el asegurado o contratante atribuye al objeto garantizado en una póliza es inferior al que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional. El siguiente ejemplo ilustrará lo anteriormente indicado: si un bien que vale 1.000.000 de pesetas se asegura contra el riesgo de incendio por un valor de 500.000 pesetas (hay, en tal caso, infraseguro), en el supuesto de que se produzca un siniestro en virtud del cual quede destruida la mitad del mismo, la entidad (en virtud de la regla proporcional) sólo indemnizará en 250.000 pesetas (la mitad del capital asegurado). (Véanse también indemnización, regla proporcional y supraseguro.)
Interés asegurable
Requisito que debe concurrir en quien desee la cobertura de determinado riesgo, reflejado en su deseo sincero de que el siniestro no se produzca, ya que a consecuencia de él se originaría un perjuicio para su patrimonio.
Climent Mayor S.L. Nº inscripción DGS VS-02-0012 Número de colegiado 71632
Inscrita en el Reg. Mercantil de Alicante Tomo 24, Libro 0, Folio 9, Sección 8, Hoja A-67947, Inscripción 1ª
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