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| Efectos del seguro | | Momento en que se inicia la vigencia de las garantías de la póliza. Normalmente, la fecha de efecto inicial coincide con la emisión de la póliza, aunque es posible la existencia de efecto diferido o incluso, excepcionalmente, retroactivo. (Véase duración del seguro.) | | Evaluación del daño | | Conjunto de actuaciones realizadas por una entidad de seguros encaminadas a determinar, en caso de siniestro, el valor económico de las pérdidas sufridas por el asegurado. | | Exclusión de riesgo | | Decisión, que generalmente corresponde a la entidad aseguradora, en virtud de la cual no quedan incluidas en las garantías de la póliza determinados riesgos o, quedando incluidos éstos, las garantías del contrato no surtirán efecto cuando concurran respecto a ellos determinadas circunstancias o condiciones preestablecidas. | | Extensión del seguro | | Conjunto de coberturas de una póliza o de los riesgos amparados por ella. Se refiere también al alcance territorial de las garantías de la póliza. |
Inscrita en el Reg. Mercantil de Alicante Tomo 24, Libro 0, Folio 9, Sección 8, Hoja A-67947, Inscripción 1ª
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